Tienes compañeros que difaman tu trabajo?? DENUNCIALOS!!!
La
lucha contra la difamación de los instructores o academias.
Las
consecuencias de difamar en Internet pueden ser devastadoras para un gimnasio o
profesor. Y esconderse en “ me han dicho, he leído en internet o me lo ha explicado
mi profesor de academia” hace que cualquier ignorante deportivo o malas
personas, puedan difundir rumores falsos sobre sus competidores que se
reproducen a la velocidad de la luz.
( En relación a la credibilidad de los profesores de
academias, solo tenéis que revisar los Currículos y daros cuenta que cualquier
“personaje” sin escrúpulos se mete de profesor de cualquier cosa. Aunque la
verdad, tanta culpa tienen ellos como
las academias que los contratan, que miran mas que sean buenos captadores de
alumnos a que den una buena calidad de enseñanza)
Yo vengo del deporte y la alta competición donde cada uno
entrena como buenamente puede y los resultados se reflejan en los resultados
que haces en las carreras.
Puede parecer mas o menos lesivo lo que hace el
“contrincante” pero si al final de la carrera llega delante y no se lesiona,
nadie es capaz de cuestionar esos métodos que no entendemos o no compartimos.
Cuando llegué al mundo de los gimnasios me sorprendió ver
que los instructores de B.Pump, Aerobic, Step, et.. tiraban mierda
permanentemente sobre las nuevas actividades que llegaban y les quitaban
alumnos, como Spinning, Pilates…
Según estos " Compañeros", el spinning era fatal para todo ( Rodillas, corazón, etc..) y haciendo Pilates se forzaban
las articulaciones, forzaban demasiado las articulaciones y demás tonterías sin sentido.
Se desprestigiaba a sus propios compañeros que impartian clase en sus mismos gimnasios, con el consiguiente perjuicio hacia sus clientes y su empresa!!! Tremendamente asombros, pero
así era y así es…
Pasado un tiempo, pasó exactamente lo mismo, entre los
mismos instructores de Spinning, empezaron a decir lo que lesionaba o no según
las enseñanzas de cada uno o los conocimientos deportivos, sin evaluar la realidad de lo que sucedía.
Yo siempre he dicho que cuando hacemos algo mal, los
primeros en caer somos los instructores, pero además… nadie es tan estúpido de
hacer cosas que lesionen a sus alumnos, ya que eso llevará a posibles demandas
de los clientes, y despido de la empresa.
En los años
que estuve de director del Gimnasio Atalanta Club Olimpico de Valencia, tuvimos
dos denuncias por culpa del instructor. Una en Step y otra en la sala de
musculación. Así que, no es tontería llevar un cuidado extremo en lo que hacemos.
Criminalizar lo que hacen los demás o
decir a la clientes que “no hago lo que hacen otros por que lesiona”, cuando
esos otros profesores lo lleva haciendo mas de 15 años y ni el ni nadie se lesiona, es una
injuria que ahora ya se puede denunciar y pedir
indemnizaciones..
Las medidas
que se pueden tomar para eliminar los comentarios una vez publicados únicamente
aminoran los daños ya producidos evitando una mayor propagación de los mismos,
sin embargo, el daño ya está hecho, pues la información publicada ha sido leída
por miles de personas que han navegado
en el sitio web.
Los daños que
los rumores falsos pueden generar a las empresas pueden ser catastróficos.
Pero, ¿qué acciones podemos emprender para intentar reparar el perjuicio que se nos ha ocasionado?
Pero, ¿qué acciones podemos emprender para intentar reparar el perjuicio que se nos ha ocasionado?
Por un lado,
podríamos iniciar acciones legales en la jurisdicción civil interponiendo una demanda solicitando que se
declare la intromisión ilegítima en el derecho al honor, así como reclamando las cantidades a indemnizar
por los posibles daños y perjuicios causados por la difamación.
Por otro lado,
dispondríamos de la vía penal en la que, además de poder solicitar las cantidades indemnizatorias en concepto de
responsabilidad civil, también se podría solicitar al Tribunal, en su caso,
pena privativa de libertad o multa económica para el autor del acto
difamatorio.
En efecto, la
vía penal permite que puedan dilucidarse en un mismo procedimiento tanto las
cuestiones civiles, es decir, la posible indemnización por los daños y perjuicios
causados por las difamaciones vertidas, como
las responsabilidades penales
consistentes en penas de multa o privativas de libertad, que en el caso
de las calumnias son de seis meses a dos años de prisión o multa de
veinticuatro meses, y en el caso de las injurias son de multa de seis a catorce
meses.
El delito de
la injuria, entendida como la acción o
expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama
o atentando contra su propia estimación, y el de la calumnia, entendida como la
imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario
desprecio hacia la verdad, son el equivalente en el ámbito penal a los términos
de difamación o vulneración al honor en la esfera civil. La vía penal resulta quizá la más
conveniente para perseguir las difamaciones empleadas en la red pero plantea el
problema de la lentitud.
En cuanto a la
responsabilidad para el pago de la cantidad de dinero que se solicite para
resarcir el daño producido, no se limita al autor de las expresiones difamatorias
sino que, según lo establecido en los artículos 13 y siguientes de la Ley
34/2002 de los servicios de la sociedad de la información y del comercio
electrónico, así como en el artículo
212 del Código Penal, también se puede reclamar indemnización por los
daños causados a los prestadores de los servicios, es decir, webmasters de un
foro, buscadores, blogueros y propietarios del sitio web.
En suma, y
pese a que podemos interponer acciones civiles y penales para defender nuestro
derecho al honor y obtener una indemnización por los daños sufridos como
consecuencia de la publicación de información
falsa o insultante sobre nuestra empresa o sobre nosotros mismos, no
cabe duda de que los efectos de la propagación de esa información en internet
pueden ser devastadores para la fama de la víctima de los mismos, pues ya lo
dice el refrán "difama que algo queda".
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